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Qué saber si no puedes llegar a tu centro de trabajo por inclemencias meteorológicas

RRHH Digital - ¿Qué pasa si no puedo ir a trabajar por culpa del temporal?

El derecho a faltar al puesto trabajo por causa de fuerza mayor está recogido en el Estatuto de los Trabajadores, en cuyo art. 47 se establece que el contrato de trabajo puede suspenderse puntualmente por causas graves y justificables como el riesgo extremo en carretera por la aparición de placas de hielo o la imposibilidad de acudir por el cierre de las mismas a causa de las nevadas.

Faltar al trabajo por mal tiempo está justificado pero debe compensarse salvo que pueda ejercerse el trabajo a distancia. Las autoridades están recomendando a todas las empresas donde ello sea posible, que se facilite el teletrabajo a sus empleados y el empresario lo podría organizar para evitar riesgos para los trabajadores.

En el caso de cierre de colegios, si los progenitores no cuentan con nadie que pueda hacerse caso de sus hijos, se verán obligados a quedarse en casa para cuidar de ellos y así, faltar a su puesto de trabajo. "En este caso es un deber personal, pero los padres tendrán que demostrar a la empresa, si esta se lo pide, que el colegio ha cerrado". En  estos casos no están contemplados por la ley pero que pese a ello, "no puede haber sanción, porque no se puede entender que es un incumplimiento de las obligaciones laborales".


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