La principal novedad ha sido la introducción en el ámbito funcional del ALEH de los repartidores de comida a domicilio, “a pie o en cualquier tipo de vehículo que no precise autorización administrativa establecida por la normativa de transporte, como prestación de servicio propio del establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a través de las mismas”. De ese modo, los repartidores abandonan el “limbo legal” en el que se encontraban y pasan a ser considerados personal laboral del sector de hostelería. A partir de ahora, CCOO va a trabajar para que su categoría profesional, su salario y sus funciones serán reguladas según los convenios sectoriales que les correspondan.
Por otra parte, queda garantizada la subrogación empresarial en los supuestos de sucesión o sustitución de empresas con concesión administrativa de servicios de hostelería en los espacios públicos, como aeropuertos y estaciones de ferrocarril, ya sea como una única concesión administrativa, o en los supuestos de segregación en varias concesiones administrativas.
Igualmente, se acuerda que a los trabajadores/as que prestan sus servicios en las salas de fiestas y discotecas, y que presten servicios de hostelería como camarero/a, ayudante de camarero/a, etc., “les es aplicable de forma excluyente el presente Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería y los convenios colectivos sectoriales de hostelería vigentes en los distintos ámbitos de comunidad autónoma o provincial del territorio español”.
También se ha definido el puesto de trabajo de Escanciador/ra: “Realizar de forma cualificada el servicio de escanciado de la sidra natural, dominando las técnicas de escanciado de la sidra, en la sala, a la vista de la clientela, de manera autónoma y responsable”, asignándolo al grupo profesional segundo.
Desde CCOO Servicios, valoramos positivamente la modificación efectuada del V Acuerdo Marco Laboral de Hostelería (ALEH), ya que consolida el objetivo de las partes de ordenar y establecer la estructura de la negociación colectiva del sector.
BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2019/03/29/pdfs/BOE-A-2019-4645.pdf