El presente convenio será de aplicación a las empresas clasificadas a la actividad mixta de comercio de alimentación, en establecimientos que tengan la configuración de supermercados, detallistas, superservicios, autoservicios y/o cash & carry. También será de aplicación a los importadores, mayoristas, minoristas y distribuidores de alimentos y productos de consumo.
La duración del presente convenio será de 3 años, entrando en vigor cualquiera que sea la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, el día 01/01/2019, y finalizando el periodo de vigencia el 31/12/2021.
Ver ANTERIORES:
- BOP 02/06/2017 .- Convenio Comercio Alimentación Santa Cruz de Tenerife 2016-2018

Ver en el BOP el texto del Convenio Colectivo del Comercio de Alimentación para la Provincia de Santa Cruz de Tenerife 2019-2021 (Página 76)