Colectivo Provincial de Trabajo de COMERCIO TEXTIL de Almería

Visto el texto del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo de COMERCIO TEXTIL, Código Convenio 04000115011982, subsanado y suscrito con fecha 19 de marzo de 2019, de una parte por el Sindicato Provincial de Comercio, Hostelería y Turismo de CC.OO. y el Sindicato Provincial de Servicios para la Movilidad y el Consumo de U.G.T., como representación laboral, y, de otra parte, la Asociación Sector Textil de ASEMPAL, en representación empresarial, de conformidad con el Art. 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme el Art. 63.1.8 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, las Disposiciones Adicionales 4ª y 6ª del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; Esta Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad.


2012-2014

Convenio colectivo de Oficinas y Despachos de A Coruña

Podes consultar o Convenio  aquí


Acuerdo de Convenio colectivo de Hostelería para Málaga y su provincia

Hosteleria malaga convenio

Este Convenio Colectivo regula las relaciones laborales entre las empresas y la totalidad de los trabajadores que prestan sus servicios en las actividades citadas en su artículo 1. A las actividades desarrolladas por camareras de pisos, personal de restaurante, cocina y recepción, cualquiera que sea la empresa para la que prestan sus servicios, les serán de aplicación las condiciones previstas en el presente convenio colectivo.


Convenio Colectivo Oficinas de Importación y Exportación de Madrid 2013-2014

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publi- cación del convenio colectivo del Sector de Oficinas de Importación y Exporta- ción, suscrito por la Asociación de Empresarios Auxiliares de Comercio Exterior de Madrid, UGT y CC OO (código número 28002995011984). 


Convenio nuevamente prorrogado hasta julio de 2014

Os informamos de que la negociación de nuestro convenio va a continuar por lo que se ha firmado una nueva prórroga hasta el 31 de Julio. La patronal ha presentado una propuesta de cierre de convenio en el último momento, suponemos que debido a las movilizaciones en nuestro sector.


Convenio Colectivo Cruz Roja provincia de Badajoz


Convenio Colectivo del Comercio en General de Gipuzkoa

pagando con el teléfono la compra en un comercio

Publicado el 05/11/2013 en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) el Convenio colectivo del Comercio General de Gipuzkoa 2010-2014


Convenio Colectivo Cruz Roja provincia de Cáceres


Gestorías Administrativas

Publicado por fin en el BOE el convenio estatal de Gestorías Administrativas

El Convenio Colectivo Sectorial de Gestorías Administrativas se firmó antes del verano con una vigencia de tres años (2013-2015) por la Asociación Profesional Nacional de Gestores Administrativos (APN) en representación de las empresas del sector, y de otra, por Comfia-CCOO y FeS-UGT. Hoy se publica en el Boletín Oficial del Estado, después de un interminable trámite de subsanación sin precedentes, para el registro del convenio por parte de la Autoridad Laboral. Leer más...


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La prolongación no retribuida de la jornada laboral Las empresas ahorran 11.500 millones al año por horas de trabajo no retribuidas

El objetivo de este informe es conocer la dimensión de la prolongación de la jornada laboral no retribuida, que incluye las extensiones de la jornada pactada que se convierten en habituales −y es razonable pensar que no se abonan− y las horas extraordinarias trabajadas, de las que casi la mitad no se pagan. La extensión no retribuida del tiempo de trabajo constituye una de las formas más graves de precariedad y de fraude a la Seguridad Social.


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