Especifiaciones del Plan de Pensiones. Sistema de empleo. Caixa de Girona

El plan se configura como un instrumento para cumplir con los compromisos logrados por la Entidad, en relación con la previsión social de los empleados. Este Acuerdo laboral, subscrito por la Entidad y por la Representación laboral de los trabajadores, recoge en su articulado los derechos y deberes de los empleados en materia de previsión social complementaria.


Acuerdo sobre beneficios laborales y mejoras sindicales

Este acuerdo es de aplicación al personal de Caixa de Girona acojido al Convenio de Cajas de Ahorro y sustituye en su totalidad a los acuerdos firmados anteriormente que perderán su vigencia.


28 de Setiembre de 2004.BBVA

Acuerdo Colectivo de Empresa sobre Sistema de Previsión Social (designación de beneficiarios)


Este Acuerdo sobre nuestro Plan de Pensiones: permite la libre designación de beneficiarios, introduce la posibilidad de disponer del Fondo a los compañeros de Caja Postal que se jubilen por el Estatuto de la Función Pública, perfecciona la regulación de los casos de revisión de grado en invalidez y permite la movilización de derechos para los que pierden la relación laboral, y por último recoge la aportación extraordinaria del Banco para 2003 que mejora el valor de la participación.


SUSCRITO POR UNICAJA , CC.OO., U.G.T. Y CSICA.

DOCUMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS CAJAS DE AHORRO 2003-2006

Con fecha 15/03/2004 se publicó en el B.O.E. el Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros para los años 2003-2006. El citado convenio aborda una serie de materias y contenidos que representan y constituyen un marco renovador e innovador de considerable magnitud e importancia respecto a los convenios colectivos anteriores, a los que sustituye, entre los que destacan la creación de un nuevo sistema de clasificación profesional, la polivalencia funcional, la racionalización de la carrera profesional...


EN SUSTITUCIÓN DE LA REGULACION CONTENIDA EN EL ANEXO DEL CONVENIO DE 2001

Acuerdo para la regulación de las condiciones de trabajo de la plataforma telefónica de MAAF S.A.

Es de aplicación a los empleados de la empresa Compañía Española de Seguros y Reaseguros MAAF, S.A. que presten servicio en su plataforma telefónica de los centros de Madrid y Barcelona, así como a los que se incorporen a la misma durante el año 2.004, y en ambos casos se encuentren en la empresa al 31 de diciembre de 2004.


02/07/2004 Caja Madrid

ACUERDO SOBRE EMPLEO, EL C.O.L. Y LAS OFICINAS DE HORARIO SINGULAR

El pasado dos de julio, tras un complicado proceso de negociaciones, CC.OO., la Caja y el resto de la representación laboral firmamos un acuerdo que implica el compromiso de la entidad de contratar 150 personas antes del 28 de febrero de 2005. El acuerdo supone, también, el reconocimiento pactado y, por tanto, su exigibilidad, de los compromisos que había contraído la empresa con las personas que actualmente forman parte del equipo de Coberturas On Line (C.O.L.), que podrán solicitar a partir del 1 de agosto, si han prestado servicio en el mismo dos años al menos, dejar de hacerlo, disponiendo la Caja de seis meses, como máximo, para recolocarlas. Regula, además, el resto de las condiciones de trabajo de quienes forman parte del mismo o pasen a hacerlo en el futuro. Y, finalmente, unifica, a partir de noviembre de este año, las condiciones de horario y las compensaciones de los compañeros que presten servicio, o vayan a hacerlo, siempre de manera voluntaria, en las oficinas de horario singular que no estén reguladas específicamente por acuerdos particulares.


POR FIN EN CAJAMAR

Ya se ha firmado el acuerdo de prejubilaciones

ACUERDO ENTRE CAJAMAR Y LA COMISIÓN NEGOCIADORA EN MATERIA DE REESTRUCTURACIÓN DE LA PLANTILLA


28/04/2004. Caja Madrid

ACUERDO APERTURA OFICINAS RENTA 2003


3 de Junio de 2004

Acuerdo para la Constitución de Comité de Empresa Europeo del grupo BBVA

El 3 de Junio se firmó el Acuerdo, negociado por CCOO y UGT, para la constitución del Comité Europeo de BBVA, de conformidad con lo previsto en la ley 10/1997 de transposición de la Directiva 94/45/CE sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresa de dimensión comunitaria.


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