AMPLIACIÓN DE LOS PERMISOS POR NACIMIENTO, ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO
Estimadas compañeras y compañeros,
Desde el Comité de Empresa de atmira Madrid queremos compartir con la plantilla una actualización importante en materia de conciliación familiar, que entró en vigor el pasado 31 de julio de 2025.
Estas medidas, recogidas en la normativa estatal, suponen avances significativos en los derechos de las personas trabajadoras en situaciones de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento.
Representan un paso importante hacia una conciliación más justa y efectiva, permitiendo a las familias disponer de más tiempo para el cuidado de sus hijos e hijas, especialmente en los primeros años de vida, como por ejemplo el nuevo permiso de 2 semanas retribuído.
Canarias AL LÍMITE: La sobredimensión turística y su costo silenciado
La pregunta de fondo es incómoda, pero inevitable: ¿quién se beneficia realmente del modelo turístico? ¿A quien representa la clase política cuando prioriza la construcción de nuevos complejos hoteleros frente a la protección de ecosistemas o el derecho constitucional a la vivienda?
- Artículo de opinión (PDF)
- El Diario.es (Canarias Ahora)
- Canarias 7
COMO TRATA ATMIRA LA INCLUSIÓN Y LA DISCAPACIDAD
Esta semana os comunicamos algo muy triste, que nos podía pasar a cualquiera en atmira por la manera de tratar la inclusión y la discapacidad por parte de atmira.
Una persona volvió de una baja (con una discapacidad en la voz reconocida por el juez) y atmira, en lugar de adaptarle un puesto en su reincorporación, le comunicó la extinción de su contrato.
Parece que atmira no ha intentado realmente adaptar su puesto a su nueva limitación física; y una de las razones que indica es por cuestión económica.
¿Este es el estilo de atmira con respecto a las personas con discapacidad?
Hoy le ha pasado a esta persona, mañana nos podría pasar a cualquiera, no lo podemos tolerar.
Os lo contamos con más detalle...
Nuevos permisos y derechos para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar
6 días (retribuido)
Por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, pero que precise reposo. Incluye a familiares de hasta segundo grado y convivientes. El Plan de igualdad de Vítaly amplia un dia mas a los 5 dias recogidos en el Estatuto de los trabajadores.
4 días al año (retribuido)
Por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes o imprevisibles. Se podrá disfrutar por horas.
8 semanas (no retribuido)
Hasta que el menor cumpla 8 años. Se puede disfrutar de forma continua o discontinua, y a tiempo completo o parcial. En el caso de las personas empleadas públicas del ámbito del EBEP, sí será retribuido.
Parejas de hecho
Se reconoce el permiso de 15 días naturales por el registro de pareja de hecho, equiparándolo así con los matrimonios.
Reducción de jornada
Se amplía para quienes precisen encargarse de cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.
Adaptación de jornada
Se amplía a trabajadores y trabajadoras con personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta segundo grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla.


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