Hospitalización por parto

Infoigualdad Nº 26


Una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha fijado la doctrina sobre el derecho de los familiares hasta el segundo grado a disfrutar del permiso establecido en el art.37-3-b del Estatuto de los Trabajadores y en el art. 38-1-b y 38-1-c  de nuestro Convenio Colectivo, relativo a la hospitalización por parto. 

Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,