- Que el horario de referencia comunicado unilateralmente por Bankia, no es de obligado cumplimiento.
- Que el horario flexible firmado el 26 de noviembre del 2012 afecta exclusivamente a los gestores carterizados de empresas y carteras específicas.
- Que la flexibilidad la marca la propia trabajadora o trabajador y no la empresa y, siempre, dentro del límite de la jornada anual.
Después de una intensa campaña, liderada por CCOO y respaldada por el resto de secciones sindicales, de presión, de ocupaciones de oficinas, asambleas, carteles y denuncias públicas, como la movilización de sus propias trabajadoras y trabajadores, negándose en muchas ocasiones, a pesar de las amenazas y las presiones, a aceptar la imposición de un horario ilegal.
Debería la patronal, después de este acuerdo, dejar de bloquear la negociación del convenio, tan condicionado por esta ?aventura? de Bankia y trabajar en favor de un colectivo ya de por sí castigado por una crisis que no han generado ni ellas ni ellos.
UNIDAD CONTRA
NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO