Prisas en Abrir el Período de Consultas


En la mañana de hoy, hemos tenido la segunda de las reuniones del período previo a la apertura del período de consultas previsto en el Convenio Colectivo

Este artículo se publicó originalmente en abanca (sección sindical Abanca) ,
y si bien este tipo de reuniones deberían ser negociadoras, en este caso ha estado vacía de contenido, dado que la empresa lo único que ha aportado hasta el momento es la batería de medidas propuestas de las que ya tenéis conocimiento, sin haber sido justificadas documentalmente en ningún momento.

Por nuestra parte hemos presentado un escrito junto con UGT para adjuntar al acta y que sirva además de denuncia ante el Comité de Etica, que dice lo siguiente:

"En relación con la propuesta de medidas comunicada en la reunión del pasado día 2, esta Sección Sindical considera que la misma es una artimaña para construir un período de consultas artificial. El objetivo oculto es que la empresa pueda presentar una mejora de su propuesta con la que acreditar un talante negociador de flexibilidad y acercamiento de posturas construido ad hoc.

Y es que la propuesta de medidas no tiene cabida en la política de confiabilidad de la empresa por incumplir el artículo 89 del Código Ético y de Conducta de Abanca: no sólo no avanza en las políticas de conciliación sino que viene a desmontar el catálogo de medidas de conciliación en vigor. Por la evidente contradicción entre los principios de actuación aprobados por el Órgano de Administración de Abanca y la propuesta de medidas realizada formalizamos denuncia ante el Comité de Ética y consideramos esta comunicación suficiente a los efectos oportunos.

Dicha actitud rompe el principio de negociación de buena fe que exige la Disposición adicional segunda del Convenio Colectivo de las cajas y entidades financieras de ahorro, que resulta de aplicación.

Por otro lado, no es posible desarrollar el proceso de negociación previo que recoge la referida Disposición adicional segunda cuando las causas económicas y organizativas que, según declaración de la empresa, están en la base del período de consultas sólo serán documentadas cuando el mismo se inicie. Tampoco se ha cuantificado el efecto de la propuesta de medidas. No se puede desarrollar un auténtico proceso de negociación previo sin que las causas y el efecto de la propuesta de medidas se incorporen de forma explícita al debate."

La empresa se reafirma en sus planteamientos y comunicará próximamente el período de consultas.