Desde CCOO Bankia te informamos de cómo debes actuar con las autoridades sanitarias, según la información a la que hemos tenido acceso:
Has de contactar con tu centro de salud.
Aunque la sanidad privada está intervenida es la pública quien derivará o no las situaciones de enfermedad.
En el centro de salud emitirán partes de baja, confirmación y alta, en los casos de afectación por coronavirus en las situaciones de enfermedad o sospecha, a todos los trabajadores que lo necesiten.
La contingencia es actualmente Enfermedad Común.
La duración de estos procesos de IT se fija entre 5 y 30 días naturales (procesos de corta duración conforme al RD 625/2014); la emisión del primer parte de confirmación no excederá en más de siete días naturales a la fecha de baja inicial. Los sucesivos partes, en caso de ser necesarios, no podrán emitirse con una diferencia de más de catorce días naturales entre sí.
Los partes de baja y los de confirmación podrán ser emitidos sin la presencia física de la persona trabajadora, siempre que exista confirmación de aislamiento y constatación de la enfermedad.
Cuando se tenga conocimiento del periodo de aislamiento/contagio o de enfermedad con posterioridad al inicio del mismo, se emitirán los partes con carácter retroactivo.
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