RECONOCIMIENTO DE LA ANTIGÜEDAD: Contratos temporales, E.T.T. y Ayudantes de Dirección


Conseguimos que Bankia reconozca la antigüedad a los compañeros que han prestado servicios a través de contratos temporales en las Entidades de origen, así como el reconocimiento del tiempo de prestación de servicios efectivos en el desempeño de la función de Ayudante de Dirección en las Entidades que conformaron Bankia.

Uno de los temas que cerramos en la negociación los firmantes del acuerdo del pasado día 19/07/2016 fue el reconocimiento de la antigüedad a las personas que han prestado servicios a través de contratos temporales en las Entidades que conformaron Bankia, así como el reconocimiento del tiempo de prestación de servicios efectivos en el desempeño de la función de Ayudante de Dirección en las Entidades que conformaron Bankia.

Como muchos afectados ya sabéis, se trata de una reivindicación largo tiempo reclamada por CCOO que finalmente ha fructificado, y ha quedado recogida en un acuerdo general firmado con Bankia lo que facilitará y agilizará la tramitación de las solicitudes de reconocimiento de los solicitantes.

No ha sido fácil la consecución de este reconocimiento, siendo el mayor problema expuesto por la Empresa el no tener identificado ni cuantificado al colectivo afectado por estar repartido entre las siete Entidades que conformaron Bankia, y no estar informatizados los registros necesarios para su comprobación.

Texto del acuerdo:

Es por ello que las personas que han prestado servicios a través de contratos temporales, a efectos probatorios, tendrán que acreditarlo aportando:

·         Certificado de Vida Laboral expedido por la Seguridad Social

·         Adicionalmente, en el caso de que la prestación de servicios se realizara a través de una Empresa de Trabajo Temporal, certificado emitido por dicha E.T.T. con el detalle de los periodos de prestación de servicio:  fecha de alta, fecha de baja y días de prestación de servicio.

Los efectos de este reconocimiento, como queda recogido en el acuerdo, serán indemnizatorios y de ascensos por antigüedad. Se aplicaran con fecha de efecto 01/01/2017

En lo referente a las personas que han desempeñado la función de Ayudante de Dirección, los requisitos para el reconocimiento serán los siguientes:

·         Que en el momento de la incorporación a Bankia vinieran desempeñando la función.

·         Que a la fecha de la firma del presente Acuerdo y de manera continuada, sigan desempeñando la misma.

El efecto de este reconocimiento será el de determinar tanto la cuantía como el tiempo necesario para consolidad el Complemento Funcional Establecido en el apartado 9.h.1 del Acuerdo Laboral del 26/11/2012. Se aplicará con efectos del 01/01/2017.

Consideraciones:

Bankia, en la noticia sobre el Acuerdo colgada en la Intranet, informa que está pendiente de comunicar el procedimiento al efecto.

No obstante, en CCOO nos ponemos a tu disposición para ayudarte en todo lo que necesites para la tramitación, gestión y seguimiento de tu solicitud.  Puedes contactar directamente con los delegados de tu territorio o bien con esta Sección Sindical Estatal.

Los firmantes del acuerdo velaremos por su cumplimiento.