También declara que los Directores y las Directoras NO SON personal directivo.

La Inspección señala que las reuniones de la tarde del 7 de Enero vulneran el Convenio.


Desde algunas instancias directivas se convocaron reuniones de trabajo en varios territorios la tarde del jueves, 7 de Enero. 

Como se recordará, desde algunas instancias directivas se convocaron reuniones de trabajo en varios territorios la tarde del jueves, 7 de Enero. Dado que el Convenio Colectivo establece el derecho de las trabajadoras y los trabajadores a librar la tarde del primer jueves del año, desde CC.OO. realizamos diversas gestiones para que se trasladaran esas reuniones a otra fecha.

Finalmente, la tarde del 7 de Enero solo se celebraron reuniones en alguna Dirección de Zona de la Dirección Territorial de Madrid Este, alguna también de la DT Alicante, Murcia y Baleares, así como la práctica totalidad de las reuniones convocadas desde la DT de Valencia y Castellón, cuyos responsables insistieron en negar a las trabajadoras y los trabajadores lo que por derecho les pertenece .  

CC.OO. presentó demanda por estas reuniones y la Inspección de Trabajo acaba de pronunciarse, señalando que, al convocar estas reuniones, Bankia vulnera el Convenio en su artículo 31.2.1., que establece la libranza de la tarde del primer jueves de enero y libranza de las tardes de los dos últimos jueves de diciembre.

La Inspección también se pronuncia sobre otro asunto especialmente sensible al declarar, de forma argumentada, que no se puede equiparar a las Directoras y Directores de oficina con "personal directivo", en lo que al horario de trabajo se refiere

El Acta de Infracción de la Inspección de Trabajo supone para Bankia una nueva oportunidad de reconducir la gestón de numerosos aspectos laborales , en lugar de seguir en su intento de imponer medidas lesivas para las y los trabajadores y contrarias a la normativa vigente.