Ante el anuncio de bankia de aplicar los Art. 41 y 44 del ET


Bankia convocó ayer una reunión para informar a los sindicatos de las novedades existentes en relación a la decisión de segregar los activos del balance a la nueva Bankia Habitat. Además, la empresa también informó, de forma sorpresiva, de novedades significativas en relación al horario laboral.

Aplicación del artículo 44 del ET en el caso de Bankia Habitat.

En primer lugar, Bankia nos ha comunicado que, como consecuencia de la mencionada segregación de activos, se va a proceder a una operación de sucesión de empresas (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores), que incluye el pase a Bankia Habitat de 81-82 empleadas y empleados que hasta ahora vienen prestando sus servicios en el departamento de activos adjudicados de Bankia (tanto en el área de Administración como de Gestión Comercial) y que, a su vez, proceden de Caja Madrid.

Además de las siempre delicadas implicaciones personales estamos, pues, ante el primer caso en que un grupo de trabajadoras y trabajadores de Bankia, en bloque, cambian de empresa y de Convenio; sin olvidar que la creación de Bankia segregó por la vía de los hechos a un grupo de compañeras y compañeros, que permanecen en las cajas de origen y para quienes seguimos reclamando su incorporación a Bankia.

Lo primero que hay que señalar es que CC.OO. no vamos a permitir que esto ocurra de cualquier modo y se atropellen los derechos de las personas, sino que vamos a participar activamente en este proceso, puesto que existen otras fórmulas que también la ley permite, como la figura de la excedencia especial o la comisión de servicios, en lugar del recurso a la sucesión de empresas por el art. 44 del ET, que es la opción elegida inicialmente por Bankia.

En todo caso, cualquier fórmula que se utilice debe garantizar una serie de condiciones de aplicación a las y los afectados, que incluyan garantías laborales satisfactorias. 

Hay que aclarar, no obstante, que la ley permite a las empresas aplicar el artículo 44 del ET (y más tras el reciente real decreto de la reforma laboral), incluso de forma unilateral y sin acuerdo con los sindicatos. Por ello, vamos a hacer todo lo que esté a nuestro alcance, si bien existe una diferencia entre esto y dar por hecha la excedencia especial, como se transmitió inicialmente a la plantilla desde varias instancias.

Bankia también ha informado que no hay una fecha prevista de integración y que tampoco existe previsión de movilidad geográfica a corto plazo. Así mismo, la empresa ha confirmado la apertura de una mesa de negociación laboral específica sobre este asunto.

Aplicación del artículo 41 del ET en el caso del horario laboral.

La reunión de ayer todavía deparó otra sorpresa desagradable, ya que la empresa anunció la apertura de un periodo de consultas para la aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (modificación sustancial de las condiciones de trabajo) en relación al horario laboral.

La causa inmediata de esta decisión empresarial se sitúa en la reciente interposición por parte de UGT de un Conflicto Colectivo por una mejora que existía en Caja Insular en materia de horario. La empresa ha declarado que, en medio de la negociación general que mantenemos en Bankia sobre todos los aspectos laborales, incluido el horario, interpretan la interposición de un conflicto colectivo como un acto de mala fe y deslealtad negociadora; siendo este el motivo de una reacción que solo podemos calificar de extrema y agresiva.

Hay que aclarar que también en este caso la ley permite a las empresas este tipo de decisiones, y más tras el reciente real decreto de la reforma laboral; teniendo en cuenta, además, que el periodo de consultas anunciado por Bankia no implica la necesidad de alcanzar un acuerdo con los sindicatos, para que la empresa procediera a modificar el horario.

No obstante, aclarado el origen de esta noticia y situado el asunto en su contexto, CC.OO. queremos transmitir un mensaje de confianza, ya que en absoluto vamos a permitir que la empresa haga y deshaga a su antojo con el horario. Cualquier aspecto relacionado con nuestras condiciones laborales, incluido el horario, debe situarse en el marco de la negociación que mantenemos abierta, siendo cualquier medida unilateral una agresión contra la propia negociación, que no vamos a tolerar.  

La nueva realidad que es Bankia se debe hacer con los empleados y empleadas y no contra ellas y ellos. De otro modo, se generaría un descontento y conflictividad social que en nada ayudaría a la consolidación y a la propia viabilidad del proyecto empresarial.

En una situación como la actual, de profunda transformación de la realidad laboral general, y del sector financiero en particular; en un escenario no exento de fuertes amenazas, en que el mundo que conocíamos está cambiando de manera acelerada ante nuestros ojos, CC.OO. creemos que es necesario reaccionar y enfrentar la realidad de frente, con firmeza y flexibilidad, para conducir los cambios a favor de los intereses de las y los trabajadores.

 

Seguiremos informando.

 

6 de marzo de 2012