Incidencias disciplinarias y avance de la reforma laboral



Prevención de incidencias disciplinarias en Bankia.

Cada cierto tiempo es bueno recordar las precauciones que debemos tomar en nuestro trabajo diario en Bankia, especialmente respecto a las prácticas y situaciones en las que se corre el riesgo de verse inmerso en un expediente disciplinario.

La información de que disponemos de los clientes en nuestra condición de empleadas y empleados es ingente y su uso se encuentra regulado por la normativa interna y por la conocida Ley de protección de datos (LOPD).

Todas y todos tenemos claro que no podemos ni debemos facilitar datos de carácter personal o financiero a personas que no son titulares o autorizados de cuentas.

Del mismo modo, debemos ser igualmente conscientes y especialmente escrupulosos con el hecho de que el empleado o empleada no puede consultar datos o productos de clientes en los que, no figurando como titular o autorizado, no existan razones operativas para ello.

En caso de hacerlo, estaríamos incurriendo en un uso indebido de los medios puestos a disposición por la Empresa y en concreto incumpliendo la Ley Orgánica de Protección de Datos y la Política de Protección de Datos de la propia Entidad.

Sin que exista una situación que deba alarmarnos, debemos saber que la consulta de datos de clientes de forma indebida está produciendo expedientes a empleadas y empleados, con las correspondientes consecuencias disciplinarias .

 Reforma laboral. Avance de contenidos.

A lo largo de los próximos días iremos desgranando los contenidos y las consecuencias de la reforma laboral aprobada por el Gobierno en forma de Real Decreto Ley; un texto profundamente lesivo para los derechos de todas y todos los trabajadores, que rompe el equilibrio que existía hasta ahora entre el poder del empresario y los derechos de las y los asalariados.

La reforma coloca al empresario en poder de decidir nuestras condiciones de trabajo, nuestro futuro, de manera discrecional. Así, por ejemplo, cuando un empresario decida cambiar la jornada a un trabajador, cambirale el horario, bajarle el sueldo o trasladarle a otra ciudad, este tendrá que aceptar la decisión; en caso contrario, la opción que le queda es pedir la rescisión del contrato y recibir por ello la indemnización por despido más barata : 20 días por año trabajado, con un límite máximo de 9 ó 12 mensualidades, según el caso.

Para leer más sobre este este aspecto, pincha este enlace al boletín COMFIA-INFO

14 de febrero de 2012