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V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva


Los Acuerdos para el Empleo y la Negociación Colectiva o AENC son una de las principales herramientas laborales que tienen los sindicatos mayoritarios (CCOO y UGT) y las patronales (CEOE y Cepyme) para ordenar los más de 4.000 convenios colectivos que se negocian en España.

El acuerdo, para 2023, 2024 y 2025, recoge incrementos que pueden llegar a superar el 13%, contiene una cláusula de revisión salarial ligada a la inflación.

Supone una modernización de los contenidos de los convenios colectivos, porque aborda elementos tan importantes como la regulación del teletrabajo, la digitalización, los procesos de desconexión digital, todo lo que tiene que ver con el uso de la inteligencia artificial por parte de las empresas.

 


Nota informativa CCOO doValue

"En principio la firma de este acuerdo no nos afecta directamente pero no se descarta que se pueda abrir la negociación para la actualización del Convenio en los próximos ejercicios.

En doValue la mayor parte de la plantlla se rige por el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Madrid firmado el 22 de Agosto de 2022 que se encuentra en vigor hasta 2024 y recogía  las siguientes novedades en material salarial:

Novedades en el incremento salarial anual:

Se establecen unos incrementos salariales del 3,1% para el año 2022; del 3% en 2023 y del 2,5% en 2024 (Para el año 2024, con carácter excepcional, se establece una cláusula de revisión salarial, si el IPC de 2024 supera la cantidad del 2,5%, y hasta un tope de 1,5%), lo que supone una subida global del 8,6% a tres años.

¿Qué pasa con los convenios ya firmados?
El AENC es una referencia salarial para renovar los futuros convenios. Aquellos que ya están firmados y no han vencido todavía no se ven inmediatamente afectados por este acuerdo. En todo caso, una vez venzan, las partes pueden decidir hacer suyo ese incremento acumulado del 10% a tres años. Pero no obliga a los firmantes de un convenio colectivo en vigor a volver a sentarse a la mesa y actualizar los incrementos salariales pactados. Está pensado para un convenio que esté actualmente en negociación o que vaya a vencer en breves y así servir de referencia para su actualización.

¿Subirán automáticamente todos los sueldos?
No. El AENC es una hoja de ruta para guiar las negociaciones sectoriales y dependerá de la renovación de cada convenio su aplicación. Es decir, a partir de mañana las empresas no estarán obligadas automáticamente a subir todos los sueldos un 4%. Ni los trabajadores podrán plantarse en los juzgados a reclamarlo.

La revisión de los sueldos depende de la periódica renovación de los convenios colectivos, que son los pliegos que de manera general aplican para cada sector, ya sea de corte provincial, estatal o autonómico. El sueldo de cada trabajador se actualiza cuando lo dicta el convenio y hasta que este no se renueve no podrá recoger las recomendaciones pactadas por patronal y sindicatos."

 

CCOO te explica el AENC acordado

Hasta un 13’57% de subida salarial que tenemos que trasladar a tu convenio colectivo

1. ¿QUÉ ES UN "AENC"?

El AENC, o "Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva", es un acuerdo general que alcanzan los sindicatos y las organizaciones patronales a nivel estatal. En él, entre otras cosas, se acuerda la subida salarial que nos comprometemos a trasladar y acordar en las mesas de negociación de tu convenio colectivo.

2. Y ¿QUÉ SE HA ACORDADO EN ESTE V AENC?

La principal medida del acuerdo en torno a los salarios, es la subida general de un mínimo del 10’33% (acumulativo en los tres años) que podrá alcanzar hasta un 13’57%. Mediante una subida fija en cada uno de los años, más una cláusula de revisión salarial con un porcentaje de subida adicional en función de evolución de los precios, distribuida del siguiente modo: 

4% mínimo + 1% para 2023

3% mínimo + 1% para 2024

3% mínimo + 1% para 2025

3. ¿ENTONCES CÓMO AFECTA ESTE ACUERDO A MI SUELDO?

Tu sueldo mejora cuando se refleja en el convenio colectivo. Infórmate a través de tu representante sindical, pero si no hay representación legal de las personas trabajadoras en tu centro de trabajo, puedes informarte en el local de CCOO más cercano . Allí te daremos la información que necesites para saber si, en concreto, la negociación de tu convenio se está ajustando al V AENC.

4. MI CONVENIO SE HA ACTUALIZADO SEGÚN EL AENC PERO MI NÓMINA NO HA SUBIDO. 

Si tu convenio se ha actualizado con las nuevas subidas salariales pactadas en el AENC, deberías verlo reflejado en tu nómina. Esta subida salarial es general. Si no ha sido así, deberías contactar con tu representante sindical, o acudir al local de CCOO más cercano para que te asesoremos.

5. SI MI CONVENIO COLECTIVO ESTÁ BLOQUEADO, ¿QUÉ PUEDO HACER?

Si la patronal de tu sector se niega a aceptar la subida salarial acordada en el V AENC, solo queda presionar y movilizarse. Desde CCOO estamos organizadas en cada territorio y en cada sector, si la negociación de tu convenio está bloqueada, estamos a tu disposición. Tenemos el poder de cambiar las cosas, ponte en contacto con el sindicato a través de tu representante sindical, o en tu local de CCOO más cercano.

6. A PARTE DEL SALARIO, ¿QUE OTRAS MEDIDAS SE HAN RECOGIDO EN EL V AENC?

El V AENC recoge diferentes medidas englobadas en sus distintos capítulos, que afectan a las siguientes cuestiones:

- Para el desarrollo de la Negociación Colectiva con especial incidencia en los mecanismos de solución autónoma de conflictos.

- En materia de empleo y contratación, relativas al período de prueba, los contratos de duración determinada, los contratos fijos-discontínuos, los contratos a tiempo parcial y, en especial, la contratación de jóvenes y de personas en proceso de recualificación

- Relativas a la jubilación parcial y flexible

- Relativas a la formación y cualificación profesional

- Relativas a la Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes

- Relativas a la Seguridad y la Salud en el Trabajo

- Relativas a la organización del trabajo mediante instrumentos de flexibilidad interna, atendiendo a la clasificación profesional y la movilidad funcional, la Ordenación del tiempo de trabajo, regulación de la inaplicación de convenios, y ERTEs y Mecanismo RED

- Relativas al Teletrabajo

- Relativas a la garantía de la Desconexión Digital

- Relativas a la Igualdad entre mujeres y hombres

- Relativas a las personas con discapacidad

- Relativas a la diversidad y las personas LGTBI

- Relativas a las situaciones de violencia sexual y de género

- Relativas a la Transición tecnológica, digital y ecológica, atendiendo especialmente al Acuerdo Marco Europeo sobre Digitalización y a la Inteligencia Artificial y la garantía del principio de control humano y el derecho a la información sobre los algoritmos