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El envío de emails fuera de la jornada puede conllevar multas


Cinco Días - El envío de emails fuera de la jornada puede conllevar multas

El Economista - Trabajo considera que enviar 'mails' fuera del horario laboral es "acoso" y amenaza con multas

Importante aviso de la Inspección de Trabajo a las empresas por las comunicaciones que realizan a través de medios electrónicos con sus plantillas. El envío de emails fuera del horario de trabajo puede suponer una vulneración del derecho a la desconexión digital de los empleados, lo que tendría la consideración de una infracción grave de la normativa laboral, sancionada con multas.

Lo único que eximiría a la empresaes que "la compañía deje claro, por cualquier mecanismo, que esas comunicaciones tienen que responderse en horario de trabajo".


Nota CCOO Altamira

En Altamira contamos con el Protocolo de Desconexión Digital  que regula el envío de comunicaciones fuera del horario laboral:

"SEGUNDA. – Por tanto, los colaboradores de ALTAMIRA tendrán derecho a no responder a ninguna comunicación, fuere cual fuera el medio utilizado (correo electrónico, mensajes, whatsapp, etc), una vez finalizada la jornada laboral ordinaria, salvo que concurran las circunstancias previstas en la cláusula séptima."

"SÉPTIMA – No serán de aplicación las medidas que garantizan el derecho a la desconexión digital en los casos en que concurran circunstancias de causa de fuerza mayor o que supongan un grave perjuicio empresarial o del negocio, cuya urgencia temporal necesita de una respuesta inmediata. En dichos supuestos, el manager que requiera una respuesta de la persona trabajadora una vez finalizada su jornada laboral, contactará con aquella preferiblemente por teléfono para comunicarle la situación de urgencia que motiva la misma."

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