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Ahora CASI TODO lo que no cotizaba en Asisa a la Seguridad Social cotizará de manera íntegra.

Disposición Final Tercera del Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre. Modificación artículo 109 de la LGSS.






La Disposición Final Tercera del Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre, que modifica el artículo 109 de la LGSS  en cuanto a los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, suscribe que las empresas deberán incluir los nuevos conceptos de forma efectiva en las  bases de cotización correspondientes a la liquidación del mes de diciembre que se presentan en enero, os informamos:

Algunos conceptos a los que nos referimos son: Plus de transporte, Planes de pensiones y otras mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social, Ayuda de comida, Seguros médicos y Guardería o ayuda escolar para los hijos.

Para conocer el conjunto de las modificaciones , podéis acudir al siguiente enlace

http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/178628.pdf


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