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25-1-2006 EXCEDENCIAS Y DIRECCIÓN DE ZONA Nº 33 ALCOI-XATIVA



Este artículo se publicó originalmente en Banco de Valencia (Banco de Valencia Seccion Sindical de CC.OO.) ,


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Valencia, 25 de enero de 2006


EXCEDENCIAS
En algunas zonas se propagan falsas informaciones sobre las excedencias para cuidado de hijos, indicando a las personas que quieren solicitarlas que cuando las finalicen ya veremos si entran en el Banco y dónde entran.
Al respecto recordar el art. 32, apartado 5 del Convenio Colectivo:
“Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto lo sea por naturaleza como por adopción o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
También tendrán derecho a un período de excedencia no superior a un año, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este apartado será computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de promoción profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Empresa, especialmente con ocasión de su reincorporación.
Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.” 
Creemos que el texto es lo suficientemente explícito como para que no hayan dudas. No obstante aclarar que “reserva del puesto de trabajo” significa volver a la misma mesa, silla, cargo y complementos que se tenían antes de la excedencia.

 

DIRECCIÓN DE ZONA Nº 33   ALCOI - XATIVA
Durante mucho tiempo hemos evitado citar con nombre y apellidos a las personas que mantienen actitudes irrespetuosas hacia la plantilla a su cargo, pero en este caso vamos a hacer una excepción.
En las últimas visitas realizadas a las oficinas de la zona de ref., hemos constatado, de nuevo, que el director Juan Enrique Albero Ferre tiene un modo muy personal de “motivar” a la plantilla de su zona. Su mejor modo de sumar personas a nuestro proyecto de empresa es amenazar con el despido, faltar al respeto y llevar al borde de la depresión a numerosos  compañeros y compañeras.
Los buenos resultados se consiguen de forma inteligente, sin ninguna clase de acoso laboral, ni insultos, ni amenazas, el buen profesional es el que consigue los mejores resultados y el respeto de los trabajadores que tiene a su cargo.
Hemos informado en ocasiones anteriores a la Dirección de la Empresa sobre las actuaciones de este “compañero” y parece que se modera durante unos meses para después volver a la carga. Vamos a insistir ante la Empresa, una vez más, solicitando que se erradique esta actitud con carácter definitivo. De no tener respuesta positiva, nos veríamos obligados a presentar la demanda correspondiente.

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