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CCOO OESIA

CCOO - Boletín Informativo Nº46 - La información que te interesa

Hoy en el Boletín informativo nº 46 tratamos los temas siguientes:

  • BAJA POR REGLA INCAPACITANTE
  • JORNADA INTENSIVA DE VERANO Y VACACIONES
  • III CONVENIO DE CONTACT CENTER
  • ELECCIONES SINDICALES EN SEVILLA
  • AFÍLIATE PARA HACERNOS MAS FUERTES Y AVANZAR CON MAYOR CONTUNDENCIA


Este artículo se publicó originalmente en Oesia (CCOO en OESIA) ,


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BAJA POR REGLA INCAPACITANTE

Ante estos tres nuevos supuestos de incapacidad temporal en CCOO nos felicitamos por el avance legislativo que reconoce la salud diferencial de las mujeres y otorga nuevos derechos en el ámbito laboral.

Para CCOO son un reconocimiento de derechos que benefician a las mujeres trabajadoras y visibilizan las particularidades de la salud de las mujeres.

Insistimos en la necesidad de incidir en la perspectiva de género en la salud laboral, por lo que esta norma camina en ese sentido.

Los tres supuestos que reconocen desde el 1 de junio el derecho  a una situación de incapacidad temporal son:

-A las mujeres con Menstruaciones incapacitantes secundarias, el derecho a una situación especial de incapacidad temporal.

-La regulación de una situación especial de incapacidad temporal para la mujer que interrumpa, voluntariamente o no, su embarazo.

-La regulación de una situación especial de incapacidad temporal para la mujer embarazada desde el primer día de la semana 39 de gestación.

En el caso de la baja por menstruación incapacitante secundaria, deberá ser aprobada por el médico de cabecera en Atención Primaria. No se exige cotización previa. El subsidio se abonará por la Seguridad Social desde el día de la baja. Se cobra el 60% del salario hasta el día 20, y a partir del día 21, el 75%.

Después de la interrupción del embarazo, voluntaria o no, la baja será mientras se reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y la trabajadora esté impedida para trabajar. No se exige cotización previa. La empresa paga el salario íntegro desde el primer día de la baja, y a partir del día 2 y hasta el día 20, la Seguridad Social paga el 60% de la base reguladora. A partir del día 21 el porcentaje se incrementa al 75%.

La normativa añade la obligatoriedad de mantener la cotización en los nuevos supuestos, con el objetivo de ofrecer una regulación adecuada a estas situaciones, para eliminar cualquier tipo de sesgo negativo en el ámbito laboral.


JORNADA INTENSIVA DE VERANO Y VACACIONES

En cuanto al disfrute de vacaciones, queremos recordaros que deben ser pactadas y en ningún caso se puede obligar a unas determinadas fechas. Se debe llegar a un acuerdo que satisfaga a ambas partes. Sobre los comunicados que envía la Dirección de la Empresa indicando dos periodos de disfrute, que sepáis que no hay ninguna normativa que indique esto, todos los años se les olvida poner la palabra "recomendación" en esos comunicados.

Sobre la jornada intensiva, al igual que el año pasado, CCOO estará pendiente de que se respete este derecho en verano. De no ser así, no dudaremos en recurrir nuevamente a inspección de trabajo. Las compensaciones se deben seguir respetando al igual que sucedió el año pasado.

Os recordamos que el Convenio de Consultoría regula la jornada laboral en su art. 20 indicando que se disfrutará de jornada intensiva en agosto, y además hay que tener en cuenta que en la sede de la empresa se disfruta también en julio. 

Independientemente de estar destinado/a en cliente o no y aunque no se superen las 1800 horas anuales, se indica claramente que en agosto toda la plantilla debe tener jornada intensiva.

Por ello, al igual que el año pasado donde la Dirección compensó a todas las personas que decidieron no realizar jornada intensiva, este año deberá ser al menos de la misma forma; es decir, quienes no la disfrutaron en agosto el año pasado, dispusieron de 4 días de compensación.


III CONVENIO DE CONTACT CENTER

Os Recordamos las principales modificaciones que supone este acuerdo, y que van encaminadas a una mayor profesionalización del sector:

Salario. Objetivo: 16024 euros/año para el nivel 10 en 2024.

2022: subida del 3,5%
2023 subida del 3,5%
2024: subida del 3%
2025; subida del IPC (máximo 3,5% y mínimo 1%)
 2026: subida del IPC+0,5 (máximo 3,5% y mínimo1%).

Los niveles 11 y 12 se corresponden actualmente con el SMI y desaparecen el 1/1/2024.

Estabilidad en el empleo. Contratación indefinida y Subrogación.
CCOO impulsa el contrato indefinido para el 80% de las plantillas. Se reduce notablemente el impacto de la contratación fija discontinua y la temporal. Las personas con contrato fijo discontinuo tendrán el tiempo cotizado suficiente para percibir la prestación por desempleo durante el periodo de inactividad.

El personal perteneciente a un servicio mantendrá su puesto de trabajo y sus condiciones a través de la subrogación si dicho servicio cambia de empresa.

Jornada contratada. Luchamos contra el abuso de la parcialidad.
A propuesta de CCOO se fija en al menos el 70% de la plantilla con jornada de al menos 30 horas semanales. El 30% del total tendrá jornada completa.
También a propuesta de CCOO se consolidarán las ampliaciones temporales de jornada, aplicando una fórmula de cálculo de la media de la jornada ampliada durante el año, a partir de un tiempo determinado de ampliación.

Teletrabajo. Regulación de la planificación y la compensación.
Se establece que el 30% de la plantilla podrá teletrabajar el 100% de su jornada. Las personas que teletrabajan menos del 100% de su jornada dispondrán de una planificación trimestral de los días de presencialidad.
Se compensarán los gastos de cada día teletrabajado.

Igualdad de Género. Una revisión a fondo.
A propuesta de
CCOO, se crea por primera vez una Comisión de Igualdad que revisará la clasificación profesional con perspectiva de género para asegurar que no existen sesgos.

Convenio:

https://www.boe.es/boe/dias/2023/06/09/pdfs/BOE-A-2023-13741.pdf


ELECCIONES SINDICALES EN SEVILLA

La Mesa Electoral fijó el calendario de elecciones. Las votaciones han sido los días 28 y 29 de junio (miércoles y jueves).

Desde CCOO te pedimos el apoyo para seguir siendo una referencia sindical y que podamos seguir trabajando para conseguir mejores condiciones laborales.

Recordamos que para ejercer el voto presencial disponéis del tiempo necesario para efectuarlo y es tiempo efectivo de trabajo que no se tiene que recuperar.

<<PULSA PARA VER EL VIDEO>>


AFÍLIATE PARA HACERNOS MAS FUERTES Y AVANZAR CON MAYOR CONTUNDENCIA

La Sección Estatal de CCOO en Oesía ha demostrado que es una herramienta efectiva para mejorar las condiciones de la plantilla y como dique de contención para la ambición desmedida de la Dirección.

Derechos como el día de asuntos propios, antigüedad,… no son fruto de la casualidad. Detrás de ellos existe una gran trabajo sindical de CCOO, realizado por un grupo de personas comprometidas e implicadas en la defensa y mejora de las condiciones laborales de la plantilla.

Desde la Sección sindical de CCOO en Oesía Networks ofrecemos un trato personalizado y cercano a toda nuestra afiliación, llevando un seguimiento de sus cuestiones particulares si así nos los solicitan, realizando reuniones periódicas exclusivas y estando disponibles en cualquier momento para atender sus demandas.

CCOO es imprescindible para conseguir mejores condiciones de trabajo, mejores salarios y nuevos derechos a través de la negociación de los convenios colectivos, de la relación permanente con las empresas, y de la interlocución con las diferentes Administraciones Públicas.

Tenemos los mejores equipos de asesoramiento sindical, jurídico y técnico a tu disposición. Una red de 320 abogadas y abogados y 190 centros repartidos por el territorio nacional. Solo en 2019 atendimos cerca de 200.000 casos, con una amplísima mayoría de resoluciones favorables.

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