Circular CCOO en Grupo Banco Popular
Octubre 2016

Despido Colectivo en el Grupo Banco Popular
NO AL ERE, NO SOBRAMOS 2600

Imágenes de las concentraciones en las distintas regiones contra el ERE del Grupo Banco Popular


Circular CCOO en Grupo Banco Popular
octubre 2016

Despido Colectivo en el Grupo Banco Popular
Efectivamente, no sobramos 2.900 personas

A requerimiento de CCOO en la Mesa de Negociación, la Dirección del Grupo ha reducido el número de trabajadoras y trabajadores afectados por el proceso


CCOO gana las elecciones sindicales en Lico Leasing con el 100% de los miembros elegidos

logotipo lico

La plantilla que ha votado es la que todavía queda después de un ERE salvaje del fondo buitre Fortress propiedad de la entidad financiera

CCOO ha ganado las elecciones a representantes legales de los trabajadores al haber salido elegidos los 3 delegados de personal que se han presentado con las siglas del sindicato líder en el sector financiero en España.


Circular CCOO en Grupo Banco Popular
octubre 2016

Despido Colectivo en el Grupo Banco Popular

¡¡¡ Desbloqueo de la Negociación YA !!!


CCOO demana una reunió amb la direcció d'Inspecció de Treball de Catalunya per impedir la vulneració dels drets laborals al sector turístic

El 25 d'octubre a les 10 hores a la seu de la Inspecció de Treball de Catalunya, c/ Sepúlveda,148, CCOO lliurarà un escrit per demanar una reunió amb la seva directora per abordar la problemàtica laboral de forma urgent en els sectors de l'hostaleria i restauració. Com va anunciar CCOO Serveis de Catalunya en roda de premsa del passat 20 d'octubre a Girona, aquesta actuació és una de les previstes per arribar a un model turístic que respecti els drets laborals i que el turisme sigui un sector productiu important, sostenible i de qualitat a Catalunya.

Convocatòria: Dimarts 25 d'octubre a les 10 hores - Direcció General d'Inspecció de Treball de Catalunya - c/ Sepúlveda, 148-150 - Barcelona

 


¡LA DIRECCIÓN GENERAL PIERDE EL NORTE!

¡QUIEREN APROPIARSE DE LA ANTIGÜEDAD POR LA FUERZA!

MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO (art. 41 ET)

La reforma laboral permite al empresario, tras un periodo de quince días de negociación, que las imponga sin necesidad de acuerdo, y el trabajador que resultase perjudicado puede extinguir su contrato de trabajo con veinte días de salario por año con un máximo de nueve mensualidades