Por ello, se han hecho imprescindible la toma de medidas, como la evaluación del riesgo y la planificación de actuaciones para evitar el contagio de la enfermedad.
Teniendo un papel relevante las delegadas y delegados de prevención en la participación para la adopción tanto del plan como de las medidas concretas, y para el control de la adopción de estas medidas por el empleador responsable para que sean efectivas, como garantía de la salud de las personas trabajadoras.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social elaboró y puso en práctica el criterio nº 102/2020 para el estado de Alarma, ya que se hacía necesario el establecer unos criterios respecto de lo que debe ser la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cuando desarrolla sus funciones en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo para evitar el contagio con ocasión de sus actuaciones en los centros de trabajo







