CCOO gana el derecho del descanso de baño y desconexiones por incidencias en Contact Center
Después de muchos años luchando en solitario, hoy hemos recibido la gran noticia, la Audiencia Nacional estima la demanda que desde CCOO se interpuso contra la empresa EXTEL CONTACT CENTER SAU, y declara que:
1- Descansos de baño:
“el derecho del personal que presta servicios para la demandada al uso del lavabo para atender sus necesidades fisiológicas por el tiempo imprescindible y la correlativa obligación de la empresa de registrar estas pausas de forma separada del resto de descansos y pausas contempladas en el convenio colectivo de Contact Center por elementales razones de prevención riesgos laborales y de respeto a la dignidad de los trabajadores”
2- Desconexiones por incidencias, estima:
“que en caso de producirse dentro de la jornada prestada en teletrabajo incidentes debidos a desconexiones que impidan la prestación, por ser imprescindibles para la misma, como cortes en el suministro de luz o conexión de internet, ajenos a las personas trabajadoras, la empresa compute el tiempo que dure aquél como tiempo efectivo de trabajo, sin que deban recuperar ese tiempo ni sufrir descuento alguno en sus retribuciones, siempre y cuando se aporte justificación de la empresa suministradora del servicio de que se trate sobre la existencia y duración de la incidencia.”
Aunque a esta sentencia cabe a recurso, desde CCOO exigiremos a las empresas que empiecen a aplicarla de manera inmediata y que acaben ya con la persecución de derechos fundamentales.
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