Confirmada por el TSJ de Canarias la sentencia del Hotel Hesperia Lanzarote que impedía precarizar las condiciones de trabajo de las camareras de piso
La Federación de Servicios de Comisiones Obreras logró una sentencia favorable que le da la razón frente a la cadena de hoteles Hesperia. La sentencia, crea un precedente en la provincia porque obliga a la empresa subcontratada por esta cadena a respetar las condiciones incluidas en el convenio colectivo de hostelería de Las Palmas.
El Hotel Hesperia Lanzarote despidió en septiembre de 2013 a 54 camareras de piso, a todas las de la plantilla para, inmediatamente, contratarlas a través de otra empresa. CC.OO presentó una demanda por conflicto colectivo, cuyo juicio se celebró el pasado mes de diciembre
La sentencia señala que el servicio sí se puede externalizar, siempre y cuando se respete el convenio colectivo de Hostelería de Las Palmas y estableció que la empresa deberá abonar la diferencia salarial que no han cobrado en estos tres años las trabajadoras, ya que se les aplicaba, indebidamente, los convenios de empresa del Grupo Constant (anulados por la Audiencia Nacional tras demanda interpuesta por CCOO y UGT) con condiciones salariales en torno al salario mínimo interprofesional.
Las diferencias salariales consisten en más de 6.000 euros al año, sin tener en cuenta la pérdida de derechos sociales no disfrutados, como días libres o de vacaciones.
Ante el recurso presentado por las empresas Grupo Constant Servicios Empresariales y Gesgrup Siete Outsourcing, sl, la Sala de lo Social del TSJ de Canarias ha resuelto, con fecha 18 de octubre de 2016, desestimarlo íntegramente y confirmar la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Arrecife 76/2016.
La Federación de Servicios de CCOO de Canarias señala que esta sentencia crea un precedente en la provincia y adelantan que van a presentar demandas colectivas en todas aquellas cadenas hoteleras que no están cumpliendo el convenio colectivo provincial de Hostelería.
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