¿Sabrías diferenciar entre “teletrabajo”, “trabajo a distancia” o “flex-working”?
“Trabajo a distancia” es el que se realiza de manera preponderante en otro lugar distinto al centro de trabajo. Se haya recogido en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. Pero no todo trabajo a distancia es teletrabajo. “Teletrabajo” es aquel en el que se utilizan medios tecnológicos para la realización del trabajo. No existe una regulación explícita y por eso está sometido a negociación colectiva, a nivel convenio o en el seno de las empresas.
¿Y “flex-working”?
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