El pasado 17 de marzo, tras un conflicto colectivo interpuesto contra Transcom, se dictó sentencia de la Audiencia Nacional en la que fijaba que cuando se solicita una reducción de jornada por cuidado de hijos, la concreción horaria se debe hacer dentro de la jornada ordinaria, no de forma diaria como fijó la nefasta Reforma Laboral del PP de 2012. Así, consideraba la Audiencia Nacional que al haberse firmado el actual Convenio Colectivo de Contact Center tras la Reforma Laboral, y no incorporar esa limitación de concretar diariamente la reducción, este redactado se entiende como una mejora acordada por encima del Estatuto
de los Trabajadores. Por ello, la empresa no puede denegar llevar a cabo la concreción horaria de esta manera. Y en caso de conflicto, prevalecen las disposiciones legales más favorables para el trabajador/a. Transcom ya ha anunciado el recurso contra esta sentencia, y no quiere acatarla mientras no se pronuncie el Tribunal Supremo.