NUEVO DERECHO DE JUBILACIÓN ANTICIPADA NUEVO DERECHO DE COMPLEMENTO DE JUBILACIÓN

Complemento de jubilación de trabajadores anteriores al 08/03/1980

El Acuerdo para la Reforma y Fortalecimiento del Sistema Público de Pensiones, suscrito entre el Gobierno y los interlocutores sociales el 2 de febrero de este año, entre otras modificaciones y mejoras respecto a la legislación actual contempla una nueva modalidad de jubilación anticipada a partir de los 63 años, voluntaria por parte del trabajadory sin necesidad, por tanto, de que haya despido por parte del empresario.


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