A pesar de que el Convenio Colectivo de Paradores recoge que la empresa está obligada a satisfacer la totalidad de las retribuciones que se establecen en el presente Convenio dentro de los cinco días siguientes a sus respectivos vencimientos, es la primera vez en la historia de nuestra empresa que, a día 4 del mes, no se han hecho efectivos los abonos del sueldo y no se tienen perspectiva de que el día 5 esté a disposición de toda la plantilla.
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