El Ministerio de Hacienda ya ha publicado el procedimiento que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha para cumplir la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 que fija como doctrina legal que "Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas". Tal y como ya interpretamos desde CCOO la Agencia Tributaria asume que la doctrina de la sentencia es también aplicable a las PRESTACIONES de PATERNIDAD.
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