CONVENIO COLECTIVO

Publicado en el BOCM el Convenio Colectivo Oficinas y Despachos de Madrid 2019-2021

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Ciudad de Madrid lo ha publicado el 26 de octubre de 2019 en el BOCM nº 255 (BOCM-20191026-2) suscrito por la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) y CC OO y UGT por la representación sindical.

El acuerdo contempla:

- Vigencia de 3 años (2019/2021). 

- Incremento salarial de un 2.5% para 2019, 2.5% para 2020 y 1.9% para 2021. El incremento salarial pactado en este Convenio Colectivo no es compensable ni absorbible con las mejoras que por cualquier concepto vinieran ya concediendo las empresas.

- El presente Convenio Colectivo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, retrotrayéndose sus efectos económicos al día 1 de enero de 2019, para las personas trabajadoras que en la fecha de su publicación esté en vigor su contrato de trabajo. El pago de los efectos económicos se llevará a cabo dentro de los treinta días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

- El exceso de jornada del calendario anual se compensará, preferiblemente, en tiempo de descanso en días completos. La forma de compensación se pactará con la RLT.


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