Como adelantamos en nuestra circular de Junio pasado, según los resultados del pasado ejercicio, la plantilla de esta empresa debería recibir tres cuartos de paga más por participación en beneficios tal como indica el artículo 18 del Convenio Colectivo de Banca. Sin embargo, este articulado que liga la citada percepción a la distribución de dividendo entre los accionistas, está siendo eludida por el banco al haber adoptado otra fórmula de retribución para aquéllos: la minoración del nominal de las acciones.
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