Una sentencia declara que tener menos de 35 años no es motivo de discriminación laboral

Sentencia no discriminacion por edad

Una sentencia del TSJC declara nulo el artículo 24 del convenio de colectividades, firmado en solitario por la UGT y la patronal del sector Acerca, que creaba un nuevo grupo salarial pensado exclusivamente por los y las menores de 35 años de 11 .000 ? anuales de retribución, lo que suponía una diferencia de ? 178,75 mensuales menos (con respecto al grupo salarial inmediatamente superior) por el hecho de ser joven . La Federación de Comercio, Hostelería y Turismo (FECOHT) de CCOO no firmó este convenio ante este hecho claramente discriminatorio.


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