Ponemos en vuestro conocimiento que la AUDIENCIA NACIONAL, acaba de emitir sentencia (0038/2012) indicando que todo el personal de estructura, y los que realizan horario de oficina en nuestra empresa, tienen derecho a realizar una jornada intensiva de siete horas de trabajo efectivo en jornada continuada en vísperas de festivos que no sean viernes tal y como pactamos en Acuerdo de Mejoras en 2008. Esto es determinante para saber el cómputo de horas anuales que tenemos que hacer en cliente.
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