El RDL 8/2020 que estableció las medidas extraordinarias para protección del desempleo ante la pandemia, regulaba que las prestaciones por desempleo de las personas incluidas en un ERTE se calcularían en función de la base reguladora de la relación laboral que había sido suspendida. De esa forma, a las personas que desempeñaban más de un contrato a tiempo parcial tan sólo se les consideraba la base reguladora de los 6 últimos meses del contrato afectado por un ERTE y no las cotizaciones del contrato que permanecía vigor. En aplicación de la normativa ordinaria, una vez calculada la prestación de esta forma, el SEPE procedía a reducir la prestación en función de la jornada de trabajo del contrato que permanecía no suspendido. En consecuencia, las personas con más de un contrato a tiempo parcial simultáneos sufrieron desde Marzo a Septiembre una doble reducción de sus prestaciones de desempleo en los ERTEs COVID.
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