La dirección de la empresa Pizza Hut - Mixor SA, tiene la intención de iniciar un procedimiento de Despido Colectivo, de conformidad con lo establecido en el art. 51 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores así como conforme a lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes y concordantes del Real Decreto 1483/2012 por el que se aprobó el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
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