ERE CAJAMAR

FISCALIDAD DE LAS BAJAS INDEMNIZADAS (Comunicado 5 de 6)

En los despidos colectivos realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del ET, siempre que se deban a causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor,  quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio para el ?despido improcedente?

(Disposición final undécima Ley 3/2012, que modifica el art. 7.e) de la Ley del IRPF).


Calendario Laboral 2025

Días festivos estatales y por comunidad 2025

Simuladores y utilidades

Simuladores y calculadoras, laboral y social

Fotos Servicios CCOO

Canal de Servicios CCOO en Flickr

Vídeos Servicios CCOO

Canal de Youtube de Servicios CCOO

Falacias y mentiras

Falacias, mentiras y verdades sobre los sindicatos

Histórico

Histórico de artículos de Servicios CCOO