Se permitirá, a solicitud del interesado, que el trabajador fijo discontinuo, aunque no haya extinguido el derecho a prestación por desempleo anterior, pueda optar por reanudar ese derecho o por percibir uno nuevo, siempre que acredite nuevos periodos de ocupación cotizada de al menos 360 días, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos.
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