Ante procesos electorales, la empresa deberá cumplir el papel que la normativa electoral le ha reservado, concediendo los permisos retribuidos que sean necesarios para que su plantilla pueda ejercer, tanto su derecho al voto (de forma presencial o por correo), como atender las mesas electorales si así les ha tocado por sorteo e incluso actuar voluntariamente como apoderados o interventores de las formaciones políticas que se presentan.
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