La Disposición adicional centésima cuadragésima cuarta de la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018 recoge una Jornada de trabajo en el Sector Público de 37,5 horas semanales MAXIMAS, en cómputo anual. El apartado f) de la citada norma considera como SECTOR PUBLICO: “Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de entidades de las mencionadas en las letras a) a e) del presente apartado sea superior al 50 %.”
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