El artículo 50 del Convenio de Contact Center firmado por CCOO dice que los trabajadores cobrarán: "como retribución de sus vacaciones anuales la media de lo que hayan percibido por los complementos de festivos, festivos especiales, domingos, plus de nocturnidad y de idiomas así como las comisiones por ventas y/o incentivos a la producción variables"
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