Permisos retribuidos en días laborables, Comisión Mixta Paritaria del Convenio de Ingenierías

Bolígrafo y documento. Interpretación convenio colectivo

El computo de disfrute de los permisos retribuidos a los que se refiere el Artículo 24 en sus apartados b) y c) del XVIII Convenio Colectivo de Ingenierías y Estudios Técnicos, deben considerarse en días laborables.


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