Tras maternidad, adopción, guarda o acogimiento, etá regulada.

LA VUELTA AL TRABALO TIENE GARANTÍAS

Tras maternidad, paternidad, adopción, guarda legal o acogimiento está regulada.

La suspensión de contrato por maternidad, goza de una especial protección e la normativa laboral. Del mismo modo, el uso de medidas de conciliación tales como permisos o regulaciones de  jornadas está regulado tanto en el E.T., Ley para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y en el caso de Cajamar, ratificado por negociación de empresa y establecidas las garantías para su retorno.

A continuación os presentamos breve esquema con los derechos y deberes establecidos en la empresa. (ir al esquema)


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