Dice el Estatuto de los Trabajadores que las empresas, alegando causas económicas, técnicas u organizativas, podrán inaplicar las condiciones del convenio sectorial. Se entiende que existen causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación negativa. Cualquiera que piense en una empresa que se ve obligada a descolgarse salarialmente de las tablas sectoriales de ingenierías, piensa en una empresa con graves problemas económicos, con riesgo incluso de desaparecer, verdad? Pero..:
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