El tiempo dedicado a la formación, es tiempo de trabajo

LA REALIZACIÓN DE CURSOS FUERA DEL HORARIO DE TRABAJO, ES ILEGAL

En el día de ayer, nos hemos dirigido al Responsable de formación exigiendo la realización de cursos formativos dentro del horario laboral.

La Inspección de Trabajo, a instancias de la denuncia interpuesta por CCOO en otra empresa del sector, declara que:

La realización de cursos por "invitación" fuera de horario, también es ilegal."

 Así mismo establece "el tiempo dedicado a la formación es tiempo de trabajo" ya que:

             - No se trata de acciones formativas ajenas a la actividad bancaria de la empresa, sino que se trata de cursos ordinarios de la gestión de los trabajadores en sus puestos de trabajo.

           - En cuanto a la "voluntariedad" de los cursos, además de señalar la irrelevancia de esta voluntariedad en el marco de una relación laboral complicada, viene a decir que visto el porcentaje de asistencia a los cursos de formación se hace una idea de su "voluntariedad".


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