En el día de ayer, nos hemos dirigido al Responsable de formación exigiendo la realización de cursos formativos dentro del horario laboral.
La Inspección de Trabajo, a instancias de la denuncia interpuesta por CCOO en otra empresa del sector, declara que:
La realización de cursos por "invitación" fuera de horario, también es ilegal."
Así mismo establece "el tiempo dedicado a la formación es tiempo de trabajo" ya que:
- No se trata de acciones formativas ajenas a la actividad bancaria de la empresa, sino que se trata de cursos ordinarios de la gestión de los trabajadores en sus puestos de trabajo.
- En cuanto a la "voluntariedad" de los cursos, además de señalar la irrelevancia de esta voluntariedad en el marco de una relación laboral complicada, viene a decir que visto el porcentaje de asistencia a los cursos de formación se hace una idea de su "voluntariedad".
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