13-12-10 Hemos solicitado que un día de los 24 y 31 de diciembre y el 5 y 7 de enero tenga la consideración de festivo.
En respuesta a las distintas solicitudes que nos han remitido en las que solicitaban la concesión de un día de libranza a escoger entre los días 24, 31 de Diciembre y 7 de Enero, debo manifestarles que, a diferencia de los últimos años en los que hemos venido aceptando su petición, en este ejercicio existen cambios importantes en lo que a jornada laboral se refiere, que nos hacen desestimar su solicitud, a saber:
- El pasado 21 de Enero firmamos con los representantes sindicales un Acuerdo de Modificación Laboral en el que se recogían todos los aspectos relativos a la jornada laboral de los empleados.
- Que el citado Acuerdo conllevó una reducción del número de horas laborales anuales para todos los empleados.
- Que en el citado Acuerdo se incluyó, en el Apartado A del punto II, que los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero que coincidan en jueves, se librará con carácter no recuperable la tarde de ese día
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