El capítulo VIII de nuestro Convenio Colectivo (firmado por Comisiones Obreras) establece en sus artículos 58, 59 y 60 cuales son los requisitos para disfrutar de la ayuda de guardería (art.. 58), las ayudas para la formación de hijos de empleados, (art. 59) y la ayuda para estudios de los empleados, (art. 60) Mataró, 8 de junio de 2005
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