CONVENIO COLECTIVO OFICINAS DE CAMARAS, COLEGIOS, ASOCIACIONES, FEDERACIONES E INSTITUCIONES DE LA REGION DE MURCIA
El presente Convenio Colectivo, regulará a partir de la fecha de su entrada en vigor, las condiciones mínimas de trabajo de todo el personal que presta sus servicios en las empresas que se dedican a la actividad de Oficinas de Cámaras, Colegios Profesionales, Asociaciones, Federaciones e Instituciones de la Región de Murcia.
CONVENI COL·LECTIU DE TREBALL DE L'EMPRESA CÀRITAS DIOCESANA DE BARCELONA
L'aplicació del present Conveni s'estén a les relacions laborals de la totalitat del personal de Càritas Diocesana de Barcelona, així com del personal que sigui contractat per la Institució durant la seva vigència.
CONVENI COL·LECTIU PER AL PERSONAL DE L'ASSEMBLEA BALEAR DE CREU ROJA
El present Conveni serà d'aplicació en els centres de treball depenents de l'Assemblea Balear de Creu Roja Espanyola i afecta a tot el personal laboral que es trobi prestant servei en les mateixa, així com els qui ingressin en ella durant la seva vigència.
Las Oficinas S.F.P.
Revista Contrastes día a día de Noviembre de 2003. Las ofiicnas SFP, la nueva apuesta para recuperar cuota de mercado, impulsada por el Área Comercial, no tienen en cuenta las cuestiones básicas de Personal y los derechos de los trabajadores. Pulsa "sigue" y ¡bájate la revista!
Banco de Vitoria: Firmado el Acuerdo de Protocolo de Empleo
Ayer, día 2 de Diciembre, CC.OO. , así como otros sindicatos representativos, firmó con la dirección de la empresa un Acuerdo de Protocolo de Empleo motivado por la fusión por absorción del Banco de Vitoria por el Banco Español de Crédito, S.A. Con esta firma, se garantizan los elementos fundamentales que desde CC.OO. consideramos deben presidir todo proceso de fusión, y que en términos generales podemos resumir en la subrogación por parte de Banesto de todos los derechos y obligaciones de los trabajadores y trabajadoras del Banco de Vitoria.
Pagas de beneficios. ¿hasta cuándo?
Banesto elude el pago de beneficios que corresponden a la plantilla
Como adelantamos en nuestra circular de Junio pasado, según los resultados del pasado ejercicio, la plantilla de esta empresa debería recibir tres cuartos de paga más por participación en beneficios tal como indica el artículo 18 del Convenio Colectivo de Banca. Sin embargo, este articulado que liga la citada percepción a la distribución de dividendo entre los accionistas, está siendo eludida por el banco al haber adoptado otra fórmula de retribución para aquéllos: la minoración del nominal de las acciones.
Encuesta de satisfaqué?
A estas alturas, es prácticamente imposible desconocer que el banco ha puesto en marcha una nueva edición de se "Encuesta de satisfacción de los Empleados". Reiterados memos y apariciones en el e-spacio nos lo recuerdan de manera constante.
'Punt a Punt' Revista Telemàrqueting
Revista Telemàrqueting Catalunya Núm. 1 - Octubre 2003





