Compañeros y Compañeras, Una vez más nos aplican las restricciones de los funcionarios, sin darnos las ventajas de ellos.
En esta ocasión nos referimos a la subida salarial. Como os habíamos informado, teníamos un acuerdo con la empresa para la subida salarial para el año 2016, subida que cumplía con los requisitos establecidos del 1% en masa salarial, pero con un reparto más equitativo para todos, que desde este comité Intercentro le presentamos a la ?Representación que tiene la dirección General de Patrimonio en la Mesa negociadora?, y decimos esto porque es lo que parece que tenemos en la mesa, no tienen capacidad de llegar a ningún acuerdo, no tienen capacidad de firmar ninguna modificación, no tienen capacidad de ampliar plantillas fijas ni para los nuevos paradores, solo tienen capacidad de quitar lo poco que nos queda de nuestro convenio.
Continúan as mobilizacións en todo o Estado
A patronal non
acudiu á mesa de convenio do día 17 e desde CCOO parécenos
lamentable que coa xornada de folga convocada para o luns 28 de
novembro sigan desaproveitando as opcións previas para reconsiderar
algunhas das posturas expostas e poder chegar a algún acordo.
Isto non fai máis
que reforzar a alternativa da folga, xa que o persoal está farto
desa postura inmobilista e despectiva ante as reivindicacións por un
convenio xusto. Así, o 28 de novembro #ColgamosLosCascos para
que a caída dos servizos das empresas clientes faga reflexionar á
patronal.
Hoxe,
en Coruña e Vigo celebráronse concentracións reclamando o
desbloqueo das negociacións e para facer pública unha vez máis a
realidade diaria dun sector precario e empobrecido.


Máis imaxes
El
pasado 16 de noviembre 2016, se firmo el convenio estatal de
elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio,
popularmente conocido como el convenio de "pizzas".
La patronal nos ha
comunicado hoy oficialmente que no va a acudir a la mesa de convenio de mañana
día 17, por lo que damos la misma por suspendida. Desde CCOO nos parece
lamentable que con la jornada de huelga convocada para el lunes 28 de noviembre
sigan desaprovechando las opciones previas para reconsiderar algunas de las
posturas planteadas y poder llegar a algún acuerdo.
Mañana viernes, 18 de noviembre (a las 12 horas), en C/ Princesa, 3 de
Madrid, frente al Servicio de Mediación y Arbitraje, SMAC.
El sector de
Contact Center retoma las movilizaciones en defensa de la negociación del
convenio sectorial ante la pasividad de la patronal con una concentración por el 18 de noviembre ante la empresa
Konecta BTO en Barcelona en defensa del convenio del sector y una segunda
huelga sectorial para el lunes 28 de noviembre.
Agenda: Viernes 18 de noviembre de 12 a 13 horas - ante Konecta BTO - c/ Laguna, 56-60 Barcelona
PROTOCOLO DE FRANQUICIAS
Cuando una tienda Dia se transmite a terceros
para que se la explote en régimen de franquicia. Ocurre la sucesión de
una empresa, centro de trabajo o unidad
productiva autónoma. Regulada en el
estatuto de los trabajadores art. 44.
El protocolo de franquicias según nuestro convenio
vigente establece que cuando una tienda DIA o Twins sea transmitida a un
nuevo titular para ser explotada en régimen de franquicia la empresa deberá cumplir siguientes acciones alternativas
adicionales para el
personal en ese supuesto:
Comunicación previa a la RLT con un plazo mínimo de 7 días sobre consecuencias jurídicas,
económicas y sociales para el personal afectado y fecha de la transmisión.
Recolocación en un centro de trabajo dentro de la
compañía: a menos de 45 km de la tienda de origen, gastos de desplazamiento
regulados en el art.
22 del convenio, información al
comité provincial de las recolocaciones y las condiciones y que el trabajador/a
lo solicite en un plazo de 48 horas desde que se le comunique la transmisión de
la tienda.
Recolocación en otra empresa del grupo siempre
que hubiera vacante en un puesto de similares funciones, misma jornada, a
petición del trabajador/a y con los siguientes criterios: En un centro cercano a su domicilio y
que la distancia entre ambos no supere los 45km. Y que el trabajador/a lo
solicite en un plazo de 48 horas desde que se le comunique la transmisión de la
tienda. Si no fuera posible la recolocación en los dos supuestos anteriores, la
empresa ofrecerá la recolocación en otro centro aunque supere los 45 Km.
En caso de que el trabajador/a opte
por la extinción de su contrato conforme al art.40 del ET. la empresa
ofrece la indemnización legal prevista en la Ley mejorada hasta alcanzar una
cuantía bruta de 33 días de salario
con un tope de 18 mensualidades .
UN SISTEMA RETRIBUTIVO NEGOCIADO OFRECE CONFIANZA, MOTIVACIÓN Y GARANTÍAS A LA PLANTILLA
Acabamos de tener reunión de mesa de negociación del sistema retributivo de la red comercial, que la empresa había convocado en formato de última reunión del periodo previo al inicio del procedimiento de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo (art. 41 del Estatuto de los Trabajadores) que pretendía aplicar.
CCOO habíamos pedido a la Dirección General y al Consejero Delegado que no aplicaran el artículo 41 del ET para imponer un sistema retributivo y accedieran a la negociación del mismo en una situación de completa normalidad.