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Firmado el Convenio de minoristas de Droguerías y Perfumerías

infografía para la nota web sobre la firma del Convenio de minoristas de Droguerías y Perfumerías

Firmado el Convenio de minoristas de Droguerías y Perfumerías

Este lunes, 30 de septiembre y, tras más de dos años y medio de negociación, se ha firmado el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías, con vigencia hasta el 2025.


Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) , Comercio (Sector del Comercio) ,


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Con la firma del convenio ponemos fin a una negociación que ha sido dura y complicada, hay que destacar:

Los incrementos salariales durante la vigencia del convenio serán:

GRUPO I: 19.8%

GRUPO II: 17%

Resto GRUPOS: 14.7%.

La aplicación de estos incrementos se realizarán de la siguiente manera:

AÑOS 2022 Y 2023:

  • No se producen atrasos pero si se abona "paga de regularización", por ausencia de atrasos, para el personal de alta en la empresa en el momento de su abono por importe total de 1.215 euros (40,50 euros al mes y por paga extraordinaria).
  • Esta cuantía solo se podrá absorber si ha tenido subida "a cuenta de convenio" o para abonar el SMI.
  • Esta paga supone que los incrementos salariales en tabla de los salarios de cada uno de los grupos:
    • 2022- Grupo I: 3,3 % (alcanzar SMI) y resto de Grupos: 3 %.
    • 2023- Grupo I: 8,00 % (alcanzar SMI), Grupo II 5,5 % y Grupos superiores: 4,5 %.

Año 2024:

  • Grupos I y II: 5 % y Grupos III.2, III, IV y V: 3,75%, (con atrasos).
  • Aplicándose en los salarios bases, el salario base personal, el complemento ad personam y el complemento salarial de homogeneización.
  • Serán compensables las cuantías que se hayan abonado en concepto de subida de salario base, "a cuenta de convenio" o para adecuación a SMI.
  • Un máximo del 2,50 % del incremento no será compensable ni absorbible, en ningún caso, para ninguno de los Grupos.
     

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