GUARDIAS DE CAJEROS EN SEMANA SANTA
En relación a la circular 960/010/2015 sobre las guardias de cajeros el sábado de Semana Santa, 4 de marzo, os hacemos las siguientes indicaciones:
- La
prestación de trabajo en horas extraordinarias es voluntaria (Art.
32.7 Conv. Colectivo).
- Cada hora extraordinaria de trabajo, se abonará con un incremento del 75% sobre el salario que correspondiera a cada hora ordinaria (Art. 32.2 Conv. Colectivo).
Sobre el uso de efectivo os recomendamos seguir las indicaciones de manuales/circulares existentes y las indicaciones del Departamento de Seguridad del Banco.
06-07-12 Para CCOO es imprescindible que se sepa cómo hemos llegado hasta aquí
Acuerdo en materia de permisos y ausencias en horario de trabajo en Rural Servicios Informáticos, S.C.
No a la política de absorciones
La dirección de la Paradores anula la posibilidad de JUBILACIONES PARCIALES AL 75% para los años 2022 y posteriores.
Acuerdo sustitución seguro vida y riesgo PRE80 - 22 dic 16
28 de Mayo: Día internacional de Acción por la Salud de las Mujeres