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Faltas Graves y muy Graves: Lo que deberías saber.


Tras los últimos despidos que se han sucedido en las diferentes delegaciones de Asisa, esta Sección Sindical de CCOO quiere aclarar la normativa que el Convenio de Seguros estipula respecto a las faltas graves y muy graves.



Artículo 65. Procedimiento sancionador. Régimen Jurídico. FALTAS GRAVES / MUY GRAVES

¿QUÉ DICE LA NORMATIVA?

En los supuestos de sanciones por faltas graves y muy graves, el trabajador dispondrá de 4 días hábiles para contestar a la comunicación realizada por la Empresa sobre los hechos que se le imputan. Transcurrido dicho período la Empresa comunicará la sanción impuesta.

Las faltas graves y muy graves, requerirán comunicación escrita de la empresa al trabajador,haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.

El trabajador por su parte, habrá de firmar el correspondiente “enterado”.

La imposición de sanciones por faltas graves y muy graves será notificada a la representación legal de los trabajadores en la empresa. Si se tratara de trabajadores afiliad@sa un Sindicato, el trabajador/a afiliado/a puede requerir previamente la presencia del delegado sindical de la Sección Sindical de CCOO, o previamente ponerse en contacto con el delegado sindical.

 

El trabajador no afiliado también puede requerir nuestra presencia pero sólo donde haya Comité de Empresa o representación legal de los trabajadores y para conocer si se ha cumplido la normativa que marca el convenio referente a la imposición de faltas graves, muy graves o una carta de despido.

 

 QUÉ DEBEMOS HACER COMO AFILIAD@

1.     Si la empresa te notifica una falta grave o muy grave sin mediar otro tipo de medida de por medio, NO FIRMES NADA, hay que indicarla a RRHH que como afiliad@ quieres que la sección sindical de CCOO esté presente , para saber si está informada del hecho y para actuar en consonancia.

 

Posteriormente, y si la representación ha sido informada, se firma la notificación como “enterado”

 

En esos 4 días se prepara conjuntamente un pliego de descargos, asesorados por abogados de Comfia.

 

2.      Si la empresa te notifica el despido simultáneamente con una falta grave o muy grave, NO FIRMES NADA, primero hay que indicarle que eres afiliado, y antes de firmar, quieres que esté presente tu representante de la Sección Sindical de CCOO.

 

La empresa está obligada por ley a informar con anterioridad al hecho causante, y en la firma del finiquito o liquidación, por lo tanto, puedes llamar a un miembro de la Sección Sindical de CCOO para que te acompañe.

 

Después acudiremos a la Asesoría Jurídica de Comfia para estudiar el despido y tomar las medidas necesarias.


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